30 años Constitución Política de Colombia: legado y temas pendientes

 La Revista ‘Debate Estratégico Siglo XXI - Asuntos Públicos & Corporativos’ se suma a la revisión del legado y las deudas en el marco de la conmemoración de los 30 años de la Constitución Política, con los eventos que realizará la Corte Constitucional como antesala al XVI Encuentro de la Jurisdicción Constitucional.


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Importancia de la Constitución de Colombia

 

Conmemoración de los 30 años de la Constitución Política Nacional

 

El 2021 está marcado por la celebración de dos hechos históricos que sentaron las bases de nuestro actual Estado Nacional. El pasado 4 de julio se cumplieron 30 años de la proclamación de la Constitución Política de Colombia, que estableció a la Paz como un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.

 

La ‘Norma de normas’ amplió la carta de derechos y contempló acciones constitucionales para la defensa de la Paz, abrió los canales de participación ciudadana y política, propendió por la profundización de la democracia y le apostó a la moralización de la administración y la modernización de las instituciones.

 

Por otra parte, se celebró el Bicentenario de la Constitución de la Villa del Rosario de Cúcuta de 1821, considerada como la primera constitución nacional, republicana, completa y permanente de la ‘Gran Colombia’ de la época.

 

Así, la Corte Constitucional, como antesala al XVI Encuentro de la Jurisdicción Constitucional ha enmarcado la conmemoración de su promulgación con seis importantes conversatorios a lo largo del año, con el objetivo de acercar la comunidad a algunos de los hitos que ayudaron en la edificación constitucional de la Nación Colombiana.

 

Estos conversatorios de Historia Constitucional han contado con la participación de destacados historiadores, abogados y constitucionalistas que han destacado las diferentes constituciones nacionales o generales que ha tenido Colombia, la persistente tensión entre centralistas y federalistas y de la lucha por el reconocimiento de derechos durante los primeros años de Republicanismo.

 

Todos los conversatorios dictados y los aún pendientes se encontrarán en todos los canales y redes virtuales de la Corte Constitucional, que han contado con el apoyo de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla y que darán apertura al XVI Encuentro del 6, 7 y 8 de octubre de 2021.

 

Sobre la proclamación de la Constitución Política

 

La Constitución Política, adoptada por la Asamblea Nacional Constituyente reunida en 1991, proclamó la Paz como un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento, amplió la carta de derechos y contempló acciones constitucionales para su defensa.

 

Asimismo, la Carta Magna Colombiana abrió canales de participación en la vida económica, social y política, propendió por la profundización de la democracia, y le apostó a la moralización de la función pública y a la modernización de las instituciones.

 

En este aniversario, justo en momentos en que avanzamos en los esfuerzos por construir una Paz Estable y Duradera dentro del Marco Constitucional, es justo hacer un homenaje a todos los constituyentes que en 1991 cumplieron el histórico compromiso de entregarle a la sociedad un nuevo pacto de convivencia.

 

Destaca el Movimiento Estudiantil de la ‘Séptima Papeleta’, que puso en marcha una fórmula ideada para que los ciudadanos pudieran expresarse en las elecciones del 11 de marzo de 1990, a favor de una Asamblea Nacional Constituyente que trabajaría en un nuevo pacto fundamental por la Vida y la Paz.

 

¿Qué es y para qué sirve una Constitución?

 

El doctor en Derecho y Ciencias Políticas, con estudios de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Colombia y posgrado en Ciencia Política de la New School for Social Research de Nueva York, Fernando Cepeda Ulloa reseñó al filósofo Thomas Hobbes sobre la trascendencia de organizarse mediante una Constitución.

 

Hobbes afirmaba que el Estado original de los humanos es el estado de naturaleza, el estado de la ley del más fuerte, la ley del “sálvese quien pueda”. En ese sentido, Cepeda Ulloa señaló que “es tan detestable la tiranía de las mayorías como la de las minorías”.

 

El presidente de la Corte Constitucional, Antonio José Lizarazo indicó que la Constitución establece límites al poder y la libertad, como garante del contrato y consenso que se materializa en la Carta Política y Fernando Cepeda Ulloa aseguró que cualquier grupo humano requiere de un acuerdo sobre cosas fundamentales.

 

Por tanto, una Constitución genera paz, orden, libertad, competencia, conflicto, pero es un conflicto que se canaliza cada cuatro años para elegir presidente, alcaldes o magistrados, y es un consenso de la sociedad que cambia de acuerdo con las circunstancias.

 

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Aunque Cepeda Ulloa expresó que no hay duda de que el Pacto Constitucional es siempre incompleto, indicó que la Corte Constitucional ha tomado decisiones clave sobre el mínimo vital, el libre desarrollo de la personalidad, la salud y desplazados, que han apaciguado el conflicto, destacando el papel de tribunales constitucionales.

 

Además indicó que una Constitución “no es solamente una serie de normas explícitas, sino que contiene una serie de valores implícitos que implican la tradición política de un país” y Lizarazo complementó exponiendo que el juez constitucional es el garante del contrato, del consenso que se materializa en una Constitución”.

 

Historia Constitucional de Colombia

 

Cortes de Cádiz y Constitucionalismo Independentista Neogranadino

 

El abogado y licenciado en filosofía y letras de la Universidad Pontificia Bolivariana y especialista en docencia universitaria de la Universidad Santo Tomás y en contextualización psicosocial del crimen de la Universidad de San Buenaventura, Andrés Botero Bernal destacó la Constitución de Cádiz para nuestra historia constitucional.

 

Botero, quien se desempeña como presidente de la Asociación Colombiana de Filosofía del Derecho y Filosofía Social – Asofides y del Instituto Colombiano de Historia del Derecho y que ha sido profesor y conferencista internacional, hizo un análisis sobre las constituciones neogranadinas de la Primera República (1811-1815).


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“Con la llegada al poder del monarca francés José Bonaparte, muchos territorios en España rechazaron su gobierno, por lo que se convocó a Cortes, una institución del constitucionalismo antiguo español que se reunió en septiembre de 1810 en Cádiz y comenzaron a ejercer funciones legislativas, constituyentes y gubernamentales”.

 

Según Botero Bernal, la expedida Constitución de Cádiz en 1812 no fue la madre de las constituciones de independencia, sino que se utilizó como fuente de referencia, puesto que, para la época, no se veía con buenos ojos tomar textos de una Constitución que era la de los enemigos.

 

“La Constitución de Cádiz fue leída por varios revolucionarios independentistas de donde, seguramente, tomaron varias ideas. Cuando se estaban redactando las constituciones de independencia, lo que había era un caldo donde había muchas fuentes y de allí se tomaba lo que cada provincia necesitaba", preciso el profesor.

 

Botero sostuvo que el concepto de la residencia del pueblo católico opera sobre el poder soberano es tornado, claramente, de la Constitución de Cádiz. “Se contemplaba como su soberano a la Nación Católica con unas características que se observan en la Primera República que detalla como soberano al pueblo católico”.

 

El desarrollo del constitucionalismo colombiano se ha nutrido de diferentes fuentes, como la influencia del constitucionalismo de los Estados Unidos y del constitucionalismo francés y además de otras experiencias constitucionales y autores retomados entre 1811 y 1815 y las primeras constituciones de la Segunda República, en especial la de 1821.

 

‘Nación Soberana’: legado de la Constitución de la Villa del Rosario de 1821

 

El presidente de la Corte Constitucional, Antonio José Lizarazo explicó que la Constitución de la Villa del Rosario de Cúcuta de 1821 se constituye como “el inicio de la edificación de nuestro Estado Nacional” y ha sido considerada como la primera nacional, republicana y permanente, antecedida por otras provinciales fundamentales.

 

“La Constitución de la República de la Gran Colombia fue expedida en el primer Congreso General en la Villa del Rosario de Cúcuta el 30 de agosto de 1821 y sancionada el 6 de octubre del mismo año”, precisó el magistrado presidente del Alto Tribunal de la Jurisdicción Constitucional.

 

El historiador profesional de la Universidad del Tolima, doctor en historia de El Colegio de México y posdoctor en Historia de la Universidad Andina Simón Bolívar, Armando Martínez Garnica, profesor emérito de la Universidad Industrial de Santander, destacó los elementos que esta Carta le dejó a la Constitución de 1991.

 

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Señaló que la idea persistente en la actualidad de que la soberanía reside en la Nación, en la universalidad de los ciudadanos, hace parte de la esencia de la Constitución de 1821, así como los conceptos del “Gobierno popular y representativo, la división tripartita del poder y la opción bicameral”.

 

Resaltó que en sólo cinco meses se aprobaron 191 artículos y 80 disposiciones, debido a la urgencia legislativa que tenía, porque Colombia llevaba dos años de gobierno militar, por lo que “sorprende la productividad de esta Constitución”, en la que se legisló sobre reformas sociales, Hacienda, tributos indígenas y educación.

 

El profesor Armando Martínez Garnica también señaló que 61 constituyentes firmaron el texto definitivo de la nueva Carta Política el 30 de agosto de 1821, que fue sancionada por el primer Presidente Constitucional de Colombia, Simón Bolívar, con una “promulgación y jura que se hizo en dos días”.

 

Indicó que la imprenta oficial hizo la primera impresión de la Constitución y se enviaron copias a todas las provincias y localidades. “El primer día, autoridades civiles, eclesiásticas y militares leyeron el texto en voz alta y así se hizo la promulgación”.

 

El historiador y profesor Martínez Garnica además expuso que “al día siguiente, se realizó una misa solemne de acción de gracias en la que se exhortó a obedecer la Constitución y finalmente se hizo el juramento”.

 

Elementos clave del nacimiento constitucional colombiano de 1991

 

La licenciada en ciencias sociales, especialista en filosofía del derecho, magister en historia, doctora en sociología jurídica e instituciones políticas, docente universitaria e investigadora en historia del derecho y minorías étnicas, Jacqueline Blanco Blanco sostuvo que “Colombia nació con un cuerpo social fragmentado, segregado y en desventaja en asignación de derechos”.

 

En el marco de los elementos relacionados con la lucha por el reconocimiento de los derechos políticos en la temprana República, la profesora Jacqueline Blanco Blanco señaló que dentro de las políticas estatales no existía una clara orientación clara sobre la protección de indios y negros, segregados e invisibilizados durante mucho tiempo.


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“Los derechos fueron entregados progresivamente, se convirtieron casi que en una meta, es decir, en cómo llegar a obtener los derechos. El problema es que el Estado establece unas condiciones especiales para llegar a obtener esos derechos, pero en ese momento el Estado no da la vía para poderlos tener”.

 

“Esa República que se demoró 30 años pensando si le daba o no la libertad a un sector social de sus gobernados”, tiempo que tardó en conceder la manumisión a los esclavos, pese a que la ley de 21 de junio de 1821 o ‘de partos’ contempló la libertad progresiva.

 

En ese sentido, la licenciada Jacqueline Blanco Blanco indicó que las leyes posteriores se tardaron todo este período para culminar ese proceso, hasta que el Estado Colombiano de la época abolió definitivamente la esclavitud en 1851.

 

La negación de los derechos políticos a un sector social generó una exclusión difícilmente remediable, prolongada en el tiempo. “Las necesidades urgentes de este sector no quedaron en las agendas del Estado y provocó que las decisiones en democracia se tomaran desde las ‘mayorías’, en las que tristemente fueron excluidas”.

 

“Aunque la Constitución de 1853 dispuso que todos los habitantes tenían derecho a votar y, por primera vez los indios y los negros lo hicieron, realmente solo se les permitió elegir, pero no ser elegidos. No hay norma que logre transformar a la sociedad si esta no entiende que debe transformarse”.

 

La licenciada Blanco sostuvo que la historia le debe mucho a las mujeres, que en esa época fueron invisibilizadas totalmente “porque no se quiso ver que actuaron, porque no se rescató ese valor tan importante que tuvo la mujer en la causa independentista”.

 

“La Mujer ha definido grandes procesos en la historia, porque siempre ha acompañado al hombre, hombro a hombro, no detrás del hombre, porque como decía Eduardo Galeano ‘es reducirla a la condición de espaldar de silla”. Blanco invitó a hacer una historia, pensando en una democracia femenina.

 

Legado y deudas de la Constitución Política de Colombia

 

Breve Historia de la Constitución de 1991

 

El 4 de julio de 1991 los tres presidentes de la Asamblea Nacional Constituyente presentaban y firmaban el texto del nuevo andamiaje estatal de 380 artículos permanentes y 60 transitorios, proclamando la vigencia de la Constitución Política de Colombia, que sellaba un proceso de revisión y diálogo nacional.

 

En este proceso participaron más de 70 constituyentes, elegidos por voto popular, representantes de los más diversos (aunque no de todos, señalan algunos) sectores de la sociedad, partidos políticos y el recientemente incorporado grupo M-19 y de varios sectores religiosos y etnias indígenas.

 

El nuevo Estatuto Político, referente de los procesos de otros países en América Latina, sustituyó la Constitución de 1886 y es considerado exitoso por varias razones, aunque no lo exenta de varias deudas pendientes de saldar y en la conmemoración de su tercera década en una coyuntura social adversa.

 

Con la Constitución de 1991 se modificaron los derechos y la forma de ejercerlos, los procesos de participación política, como consultas populares, referendos y plebiscitos, la libertad del derecho de cultos y varios elementos más de la conformación jurídica de la vida moderna nacional.

 

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La conmemoración de los 30 años de la nueva Historia Constitucional es la oportunidad precisa para evaluar sus bondades, identificar y corregir las deficiencias existentes, analizar su impacto en el entorno nacional y del ciudadano de a pie y saldar las deudas pendientes que persisten con la población colombiana.


Archivo Anexo: Constitución Política de Colombia de 1991 en Inglés.


 


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REVISTA DEBATE ESTRATÉGICO SIGLO XXI

Asuntos Públicos & Corporativos

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