30 años de la Constitución Política de Colombia: más allá del legado y las deudas pendientes en su conmemoración

Redacción Cultura Política | Mayo 5 de 2021 – En medio del Paro Nacional más extenso y las protestas sociales más fuertes vividas en el País en los últimos años, se enmarca la conmemoración de los 30 años de la Promulgación de la Nueva Constitución Política de Colombia, dada en Bogotá el 4 de julio de 1991, que en este tiempo ha tenido cerca de 50 reformas y que aunque en varios escenarios ha sido destacada, hoy se debate entre el desarrollo de varios temas pendientes para su cumplimiento y un llamado desde distintos sectores que con diferentes razones piden una nueva Asamblea Constituyente que promulgue una nueva Carta Política.


El 4 de julio de 1991 los tres presidentes de la Asamblea Nacional Constituyente proclamaron la vigencia de la nueva Constitución Política de Colombia, que sellaba un proceso de diálogo nacional para la revisión de la nueva Carta Magna, en el que participaron más de 70 constituyentes, elegidos por voto popular, representantes de los más diversos (aunque no de todos, señalan algunos) sectores de la sociedad, de los partidos políticos y el recientemente incorporado a la vida civil grupo del M-19, así como de otros movimientos políticos o religiosos y de algunas etnias indígenas, los cuales como Constituyente Primario presentaban y firmaban el nuevo texto que daría vida al nuevo andamiaje político del Estado con 380 artículos permanentes y 60 transitorios.


El nuevo Estatuto Político llamado a cambiar el curso de la vida nacional, sustituyó la Constitución de 1886, que ha sido referente de los procesos de otros países en América Latina, es considerado exitoso por varias razones, aunque con varias deudas pendientes de saldar y con un escenario adverso en la conmemoración de sus 30 años. Los jóvenes de la época se hicieron sentir en el movimiento estudiantil de la Séptima Papeleta y se hicieron más fuertes en argumentos de los que decían que el posible desarrollo de una nueva Constitución solo le competía al Congreso de la República.

Y es que la nueva Carta Política modificó los derechos de los colombianos y la forma como se deben ejercer, realizó cambios en los procesos de participación política y el desarrollo de elementos para la realización de consultas populares, referendos y plebiscitos, la administración pública nacional, el derecho al credo, y varios elementos más de la conformación jurídica de la vida nacional. En este punto, ha existido suficiente tiempo para evaluar las bondades e identificar y corregir las deficiencias existentes y analizar su impacto en el entorno nacional y del ciudadano de a pie.


Sin embargo, más allá de hacer un listado de los cambios que introdujo, de la forma como cambió el panorama nacional o de cómo se ha aplicado, este artículo pretende poner de presente el hecho que es posible que el Pueblo, como Constituyente Primario, es el primer y único ordenador del País que quiere, de esa Colombia que hoy ha sufrido estragos y que está en una profunda crisis social, económica y política. Es quizá el momento más pertinente de evaluar sus impactos y de decirle a todos los ciudadanos que son los llamados a organizar el País en el que quieren vivir y este instrumento es uno de los que en la discusión de aplicarse como está o en la posibilidad de ajustarlo o cambiarlo, está la más poderosa herramienta para darle un nuevo rumbo a la Colombia que queremos y que pide a gritos ajustes estructurales en todos los ámbitos de la vida nacional.

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REVISTA DEBATE ESTRATÉGICO SIGLO XXI
Asuntos Públicos & Corporativos

4 comentarios:

  1. Importante Revista Debate Estrategico siglo XXI,respetando los derechos fundamentales,el ejercicio de la libre expresión en un estado social de Derecho que requiere una reforma estructural estatal incluyente de los sectores populares que no vulneren las conquistas y reconozcan las reivindicaciones,económicas,sociales,políticas y democráticas del paro nacional.

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  2. También es imperativo una Reforma en la Administración Publica,incluyendo la ESAP que debe ser el modelo de gestión en los procesos de modernización y descentralización política de los entes territoriales dotarles y municipales,la Academia no debe ser ajena de los contextos,locales,sub regionales,regionales,nacionales y supranacionales.

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  3. entes territoriales departamentales.

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  4. La postura popular del siglo XXI,como ética pública es judiciadizar la política y no politizar la justicia,en los estados democráticos,la autonomía y la separación de poderes.

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