Reducción de la jornada laboral en Colombia: causas, efectos, retos y expectativas

El proyecto de ley de ‘Reducción de la jornada laboral’ que ajustaría de 48 a 42 horas el tiempo laborado en Colombia, modificará el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, generando un cambio gradual desde 2023 en el orden de dos horas semanales al año hasta lograr la meta propuesta.


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Términos del proyecto de la jornada laboral en Colombia


Proyecto de reducción laboral


La iniciativa legislativa, a la que sólo le resta la sanción presidencial para ser Ley en Colombia, no reduciría el salario de los trabajadores, ni exonera las obligaciones por parte del empleador sobre los trabajadores, por lo que se deberán respetar las normas y principios que protegen al empleado.


Adicionalmente, expone el texto constitucional, permitiría la contratación laboral a tiempo parcial para jóvenes de 18 a 28 años, mujeres mayores de 57 años y hombres mayores de 62, generándoles los aportes a la seguridad social y el pago de prestaciones sociales en proporción al tiempo laborado.


Retos y expectativas sobre la reducción de la jornada laboral


La Revista ‘Debate Estratégico Siglo XXI - Asuntos Públicos & Corporativos’ dialogó sobre este tema con la abogada especialista en Derecho Laboral y Relaciones Industriales y asesora experta en Talento Humano, Astrid Carolina Sánchez y con el abogado especialista y magister en Derecho Laboral y Seguridad Social y asociado de AC Asesores y Consultores, Juan Fernando Rico.


Análisis jurídico del proyecto de reducción laboral


El primer elemento para analizar es las posibles consecuencias y efectos que se podrían generar con la aprobación de la reducción gradual de la jornada laboral en Colombia para el Estado, las empresas y/o los trabajadores. Para la abogada Sánchez, hay que revisar a los sectores industriales y de manufactura.


“Tendrán que ajustar los costos de operación a turnos diarios de 6 horas (36 semanales) o esquemas de remuneración a destajo que motiven la productividad, estancando el mercado laboral al salario mínimo y reducirá la capacidad económica de trabajadores para adquirir bienes y servicios, lo que generará un mayor costo”.


De otro lado, el abogado Rico considera que, aunque la reducción de la jornada laboral será gradual y empezará a aplicarse hasta los 2 años de expedición de la Ley, aumentará la tasa de ocupación de informalidad, pues la mayoría de empresas tienen jornadas estandarizadas de lunes a sábado.


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Abogado Juan Fernando Rico


“Lo anterior, permite tener una mayor productividad semanal, generándose entonces la necesidad de cubrir el faltante de la jornada a través de modelos de contratación diferentes a los del contrato de trabajo”, considera el abogado Rico.


“No obstante, espero que los colombianos aumentemos nuestra productividad durante el tiempo que realmente se esté prestando el servicio, así como sea la puerta de entrada a la posibilidad de tener una seguridad social más laxa en los contratos de trabajo por horas”, indicó Juan Fernando Rico.


Reducción laboral no aumentará puestos de trabajo


La abogada Sánchez señala que “es posible que se genere una mayor brecha entre trabajadores formales e informarles, impactando directamente a las MiPymes o el comercio” e indicó que esta es una norma aislada, que impacta a una minoría poblacional en nuestra realidad colombiana, donde prevalece la informalidad.


En el mismo sentido, el abogado Rico no cree que se logre aumentar los puestos de trabajo desde la formalidad. “Es posible que tampoco se incremente la calidad de vida, pues las empresas que puedan continuarán trabajando 48 horas y pagarán como horas extras las laboradas fuera de la nueva jornada”.


Proyecto de reducción laboral, reactivación económica y emprendimiento


Sánchez indicó que esta medida, sin una reforma laboral estructural, conlleva a que los efectos de la crisis derivada de la pandemia se prolonguen, manteniendo a los trabajadores por cuenta propia inmersos en niveles de subsistencia, con actividades o ‘emprendimientos’ sin afiliaciones al sistema de seguridad social.


En diferente línea, Rico expuso que no cree que esta medida frene la creación de empresas o emprendimientos, ni tampoco mejore las condiciones económicas de Colombia. “Realmente se necesita que haya un cambio estructural en nuestra legislación laboral, pues debemos dejar de lado el vetusto Código Sustantivo del Trabajo”.


Además, Rico insistió en que el Código Sustantivo del Trabajo “se debe actualizar a nuestra realidad laboral y económica”, por lo que considera que “lo más posible es que se incremente aún más el desarrollo de la inteligencia artificial”, que podría derivar en otros efectos sobre los emprendedores colombianos.


Elementos complementarios para reducir la jornada laboral


La abogada Sánchez indicó que “en el escenario más positivo, es posible que de ese proceso creativo llamado rebusque, surjan nuevos ‘unicornios’, que seguramente demandaran regulación con esquemas laborales y de seguridad social más flexibles”, por lo que se requieren normas tendientes a fortalecer el emprendimiento.


El abogado Rico expuso que “si los trabajadores no aumentan su productividad durante la jornada laboral, serán cada vez más reemplazados por inteligencia artificial, pues la realidad laboral colombiana no se soluciona con la generación de más nuevos contratos de trabajo, sino con una mayor generación de empleo”.


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En ese sentido, expone que el concepto de la ‘mayor generación de empleo’, se entenderá como la posibilidad que cada persona pueda tener una fuente de ingresos al desarrollar una actividad económica.


¿Reducción de la jornada laboral afectaría regímenes laboral y pensional?


Sánchez expuso que “a mayor trabajo informal, menor capacidad de aporte al sistema pensional y mayor aporte del Estado para subsidiar la carga del sistema frente a los beneficiarios actuales; es decir, el hueco fiscal que hoy nos mantiene en una crisis social, parece ser un agujero negro”.


Rico puntualizó que es posible que se afecte el régimen laboral, aunque espera que sea para bien. “Esto significa que se modifiquen los pagos parafiscales mensuales y se hagan por días y, de ocurrir, generará un incremento en las cotizaciones y se cumplan los principios sobre el trabajo decente”.


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REVISTA DEBATE ESTRATÉGICO SIGLO XXI

Asuntos Públicos & Corporativos

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