Funcionamiento del Estado Colombiano ¿Sabía usted que…?

Marzo 16 de 2021 - En esta sección usted podrá conocer la composición de la Estructura del Estado Colombiano. En esta Primera Edición les brindaremos las nociones básicas de la composición del Estado según la Constitución Política de Colombia de 1991.

El Estado Colombiano está organizado en dos partes: las Ramas del Poder Público y los Organismos del Estado. En Colombia existe la división tripartita del Poder, con una Rama Legislativa, encargada de reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el Gobierno y la Administración, juzgar excepcionalmente a los Altos Funcionarios del Estado y elegir al Contralor, Procurador y Magistrados de la Corte Constitucional, entre otros; una Rama Ejecutiva, que tiene como función principal ejercer la Dirección Política del Estado y liderar las estrategias estatales mediante sus ministros de despacho, superintendentes y directores de departamentos administrativos; y una Rama Judicial, que administra Justicia en nombre del Estado, mediante las Altas Cortes y la Fiscalía General de la Nación.

Estructura del Estado Colombiano. Imagen tomada de: Banco de la República

Por medio de actos administrativos como por ejemplo el Acto Legislativo 02 de 2015 “Por medio del cual se adopta una reforma de equilibrio de poderes y reajuste institucional y se dictan otras disposiciones” se debe intentar que esa división del poder sea equitativa. El debate por ese equilibrio hoy persiste en Colombia y es aún objeto de estudios y una gran cantidad de iniciativas de carácter gubernamental, legislativo y ciudadano, mesas de trabajo de organizaciones y especialistas apasionados por el tema.

Por otra parte, están los Organismos del Estado, que son las instituciones que componen el grupo de los organismos de control, como la Procuraduría General de la Nación que realiza una función disciplinaria (a la que pertenece además la Defensoría del Pueblo) y la Contraloría General de la República, que ejerce el Control Fiscal. Un segundo grupo es el de los organismos de la Organización Electoral, que se integra por el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil. Y un tercer grupo son el Banco de la República y la Comisión Nacional del Servicio Civil.

Es de destacar que la Comisión Nacional de Televisión entró en liquidación el 10 de abril de 2012, aunque la Autoridad Nacional de Televisión, la Comisión de Regulación de Comunicaciones, la Superintendencia de Industria y Comercio y la Agencia Nacional del Espectro son hoy las entidades competentes en las labores que esta Comisión solía llevar a cabo.

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REVISTA DEBATE ESTRATÉGICO SIGLO XXI
Asuntos Públicos & Corporativos

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