Marzo 23 de 2021 – Ante la Secretaría de la Cámara de Representantes fue radicado el proyecto de ley que pretende que pacientes diagnosticados con enfermedades terminales, puedan solicitar el retiro total o parcial de sus ahorros pensionales o solicitar la pensión de invalidez con menos exigencias, disminuyendo las barreras de acceso a ésta.
Representante a la Cámara, David Racero. Fuente de Imagen: UTL |
Según la ley actual, la pensión de invalidez se causa cuando una persona tiene una enfermedad que le haya generado una pérdida de su capacidad laboral igual o superior al 50%. De ser aprobada la iniciativa legislativa que hasta ahora inicia su curso en el Congreso de la República, señala que el paciente podrá acceder a una pensión de invalidez si ha cotizado 50 semanas dentro de los últimos 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de estructuración; si ha cotizado 50 semanas dentro de los últimos 3 años inmediatamente anteriores al hecho causante de la misma; en el caso de ser menor de 20 años, acreditar haber cotizado 26 semanas en el último año inmediatamente anterior al hecho causante de su invalidez o su declaratoria; o cuando como afiliado haya cotizado, por lo menos, el 75% de las semanas mínimas requeridas para acceder a la pensión de vejez, el interesado solo requerirá haber cotizado 25 semanas en los últimos 3 años.
El representante a la Cámara, David Racero, autor del proyecto, considera que el texto garantizaría mantener una condición económica digna a personas diagnosticadas con una enfermedad terminal, para poder afrontar su condición. En entrevista con la Revista “Debate Estratégico Siglo XXI – Asuntos Públicos & Corporativos”, Racero señaló que “las personas con la certificación médica debida, que soporten la enfermedad terminal, podrían acceder a sus ahorros personales total o parcialmente, dada la situación de convaleciente en la que se encuentran”. Asimismo, señaló que las personas con algún tipo de limitación física pueden acceder de mejor manera a la pensión por invalidez. “Hoy en día hay un sinnúmero de barreras en los procedimientos, que además hacen engorroso el trámite y en algunos casos es imposible tramitar dicha solicitud”.
El Congresista señaló que este es un proyecto que beneficia al ciudadano en particular y a sus familiares, ya que en muchos casos además de sufrir tan lamentable situación, tienen que sacar de sus propios bolsillos para contratar a un enfermero o un médico particular que atienda los cuidados que el paciente requiere, o en caso de no contar con los recursos suficientes, tiene que dejar de trabajar para atenderlo personalmente.
El texto legislativo señala que “Una persona que padezca una enfermedad terminal podrá decidir si recibir la pensión de invalidez o si solicita devolución de saldos siempre y cuando, su esperanza de vida, según la certificación médica, no sea superior a 2 años. Esta medida se sustenta en que, en muchas ocasiones, ante la falta de ingresos en el hogar, las personas del núcleo familiar deben dejar de trabajar para dedicarse al cuidado de un paciente con estas condiciones”. Igualmente, una persona con una pensión de vejez podrá retirar su ahorro pensional siempre y cuando su esperanza de vida sea inferior a 2 años.
Racero sostuvo que “una iniciativa en la misma línea fue aprobada a inicios de año en Chile, país donde se estableció que, a partir del primero de julio del año en curso, todas las personas que certifiquen padecer una enfermedad terminal, con un diagnóstico de vida que no supere los 12 meses, podrán acceder a fondos de sus cuentas pensionales de manera rápida. Así, se eliminarían barreras de acceso para los trámites de pensión por invalidez, medidas a las que se le conocen como la economía del cuidado”.
--
REVISTA DEBATE ESTRATÉGICO SIGLO XXI
Asuntos Públicos & Corporativos
No hay comentarios:
Publicar un comentario